sábado, 11 de abril de 2015

El “zaska” de NETFLIX a los gurús antipiratería

La plataforma NETFLIX ha anunciado el inicio de sus actividades en España a partir del próximo otoño, este hecho supone un “serio revés” a los gurús antipiratería contratados por las empresas de distribución audiovisual que aún pretenden con sus obsoletas formas de distribución parar los pies a estas nuevas formas de consumo que han entrado en el mercado.

NETFLIX es la plataforma de referencia, no me pregunten por qué, NETFLIX ha sido empleada por estos gurús para demostrar que el gran referente estadounidense en la distribución de productos audiovisuales por mediante “streaming” no venía a España porque los españoles somos unos piratas de cuidado y no queremos pagar por los servicios que se nos ofrecen, lo cierto, es que NETFLIX desactivaba día sí y día también cuentas de “piratas españoles” que se molestaban incluso en abrir una cuenta corriente en un banco norteamericano y contratar “servicios puente” para simular que su conexión venía de América y no de España, NETFLIX pudo comprobar que si hay interés en sus servicios en España si se pagan precios razonables y no algunas barbaridades que circulan por nuestro país.

NETFLIX empieza en clara desventaja frente a MOVISTAR, NUBEOX o el mismísimo YOMVI que empieza hacer fuertes políticas de marketing para captar abonados, parece que al gigante americano eso no le preocupa y quiere ir paso a paso.

No sería justo si no reconociera que la piratería todavía es alta en nuestro país, pero afortunadamente a medida que los precios de estos servicios dejan de ser un lujo para unos pocos cada vez más usuarios está dispuestos a pasar por caja, pero por unos servicios que ellos demandan y no por unos servicios que les ofrecen y no les interesan.

jueves, 19 de marzo de 2015

Si alquiláis vuestra propiedad declarad vuestros rendimientos

Un consejo, si alquiláis vuestro apartamento en verano declarad vuestros rendimientos si no queréis tener un disgusto con Hacienda, y si tenéis una hipoteca en vuestra vivienda habitual ni se os ocurra decirle al inspector en caso de que os requieran para ello, que vais allí a vivir en verano sin ser verdad, en primer lugar no se lo creerá ya que a buen seguro tendréis consumo eléctrico y de agua en las dos viviendas y en segundo lugar correríais el riesgo en convertir la hipoteca de vuestra vivienda habitual en “no deducible” ya que os podrían asignar como vivienda habitual la que no habéis declarado el alquiler, hay que recordad que nuestro domicilio fiscal lo determina en donde hemos residido 183 días, excepto si indicamos en nuestra declaración que durante el ejercicio hemos cambiado de residencia.

Recordad que en los alquileres los gastos de consumibles que se puedan medir (luz, gas) no son deducibles ya que son gastos que pertenecen al inquilino, si no los habéis cobrado es una “liberalidad” (porque no habéis querido), otro tema es el del agua que solo será deducible si va incluida en el recibo de la Comunidad de Propietarios y sin hacer mención expresa del consumo efectuado de la misma.


Y para terminar no confundir alquiler con hospedaje, pero de eso ya hablaremos otro día.